Una reflexion sobre los limites de la interpretacion juridica
Victoria Iturralde Sesma

La autora analiza este criterio interpretativo, para lo cual examina dicha noción en los ámbitos filosófico-lingüístico y jurídico y propone sustituir la expresión «interpretación literal» por la de «interpretación o significado convencional». Se trata, con ello, de poner de relieve que los términos jurídicos, no obstante su indeterminación, tienen un significado convencional. Frente a la idea escéptica de que el intérprete no tiene un punto de partida lingu¨ístico y que los significados varían en relación con los elementos pragmáticos que se manifiestan en cada caso particular, no puede prescindirse de las reglas o convenciones que regulan el empleo de los términos. En otras palabras, el significado convencional establece cuáles son los límites de la interpretación y dónde empieza la invención.