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martedì 18 giugno 2019

Sezione Storia del diritto

Contribuciones al Derecho Romano de Sucesiones y Donaciones

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a obra se estructura en cuatro capítulos. El primero contempla un caso concreto de la práctica testamentaria en la España visigoda, en un momento en el que la misma no era uniforme. La Autora analiza, desde un punto de vista jurídico, uno de los pocos documentos que se han conservado de esta época: el testamento del obispo de Huesca, Vicente. El segundo capítulo está destinado a la limitación de la capacidad de testar. En primer lugar, se estudia dicha limitación en relación a las mujeres. En segundo lugar, el estudio se centra en la Lex Falcidia de Legatis (año 40 aC.) con la que se estableció que el causante no podía legar más que las tres cuartas partes de la herencia, porque el cuarto restante -la cuarta falcidia- debía reservarse en todo caso al heredero. El tercer capítulo versa sobre la aceptación de la herencia y se centra, en primer lugar, en el análisis del aforismo o regulae iuris: Vel omnia admittantur, vel omnia repudientur. Sigue este capítulo con la referencia a la aceptación tácita de la herencia. Termina la obra en el capítulo cuarto en el que, siguiendo la sistemática tradicional, la Autora trata sobre la problemática de la donación, centrándose concretamente en la donatio mortis causa realizada con la intención de defraudar a los acreedores. Para ello se basa en un único fragmento del jurista Salvio Juliano que forma parte de sus Libri Digestorum.