La superficies en Derecho romano.
Anteprima |
El
origen del instituto de la superficies lo encontramos en las primeras
concesiones a los particulares de loca publica dentro de la ciudad.Estas
concesiones parece que se llevaron a cabo desde la etapa monárquica ,
si bien no tenemos constancia de ellas hasta la promulgación de la Lex
Icila de Aventino publicando en el año 456 a. de C.Antes de proceder al
estudio de la Lex Icila de Aventino publicando es necesario ver los
motivos que dan lugar a la promulgación de esta ley.Las circunstancias
económicas, sociales y políticas en las que la ciudad se ve envuelta,
configuran un panorama de difícil solución, pero que determina el
posterior desarrollo que sufre Roma.Se redactó la propuesta del Senado
en la cual se establecía que debía elegirse a los diez excónsules más
ancianos para que procedieran a delimitar el territorio público y
señalaran cuánto debía ser alquilado y cuánto repartido entre la
plebe.Probablemente no hubiese unanimidad dentro de la propia plebe
sobre el objetivo de sus demandas: así, aquellos que se veían asfixiados
por el hambre y las deudas, lo que anhelaban era acceder a terrenos
públicos que le permitiesen sobrevivir; sin embargo, para aquellos otros
cuya situación económica era favorable la conquista del ager publicus
signifi caba la equiparación con la clase dirigente.De ahí que en esta
pretensión existe, además de un trasfondo económico, una reclamación
política. Para los patricios ceder a las pretensiones plebeyas supone no
sólo ver mermada su capacidad de disfrute exclusivo de los terrenos
públicos y por ello tener perjuicios económicos, sino también ceder
posiciones en el plano político al equipararse en igualdad de
oportunidades con los plebeyos. La conquista del ager publicus se
presenta como una lucha con tres frentes: social, político y económico.